Acceso Escuela de Artediez

7. Adjudicación de las plazas

1_RESERVA DE PLAZAS PARA LA ADMISIÓN EN LAS ESCUELAS DE ARTE.

1.1. La admisión del alumnado  se realizará teniendo en cuenta el siguiente procedimiento de reserva de plazas:

a) el 30%  de las plazas para quienes superen la prueba específica, adjudicándose las mismas por orden de nota final obtenida en la prueba de acceso.

b) el 60% de las plazas para el alumnado que esté exento de realización de la prueba específica por estar en posesión del título de Bachiller modalidad de artes.

c) el 5% de las plazas para quienes estén exentos de realización de la prueba específica por presentar alguna de las otras titulaciones señaladas en el artículo 5 de la Orden 1669/2009, de 16 de abril.

d) El 5% de las plazas para quienes estén exentos de realización de la prueba específica por acreditar experiencia laboral de más de 1 año en sectores directamente relacionados con las competencias del ciclo que se desea cursar.

1.2. En caso de no cubrirse la reserva en alguna de las opciones, las vacantes se adjudicarán de forma proporcional al resto de las reservas.

1.3. En virtud del Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, y del Decreto 37/2014, de 3 de abril, quienes acrediten ser deportistas de alto nivel o de alto rendimiento tendrán reservado el 5%  de las plazas que se oferten para cada ciclo formativo de artes plásticas y diseño con el mismo orden de prioridad establecido en el apartado 1.

2_CRITERIOS DE ADMISIÓN DEL ALUMNADO QUE SUPERE LA PRUEBA ESPECÍFICA DE ACCESO.

2.1. Las plazas se adjudicarán según calificación obtenida en la prueba específica de acceso.

2.2. En caso de empate, se considerará la mejor nota del expediente académico de quienes acceden con requisitos académicos o, en su caso, la calificación obtenida en la parte general de la prueba de acceso.

2.3. Si después de haber aplicado los criterios de prioridad persistiese el empate, se efectuará un sorteo público mediante la extracción consecutiva de dos letras, que decidirán el orden alfabético de apellidos de admisión hasta agotar el número de plazas disponibles.

3_CRITERIOS DE ADMISIÓN DEL ALUMNADO EXENTO DE REALIZAR LA PRUEBA ESPECÍFICA DE ACCESO

3.1. En el supuesto de que el número de solicitantes sea superior al de plazas vacantes para quienes acceden por las reservas 1.1.b) y 1.1.c), se considerará como criterio de prioridad la mejor nota del expediente académico de la titulación presentada, que quedará acreditada mediante fotocopia compulsada de la Certificación Académica Personal.

3.2. En el caso de que las calificaciones del expediente académico sean una expresión numérica con más de un decimal, se redondeará el segundo decimal por exceso, si fuera igual o mayor de 5 y, por defecto, si fuera inferior a 5.

3.3. En aquellos estudios en los que las calificaciones del expediente académico no tengan expresión numérica, la determinación de la nota media se realizará calculando la media aritmética de las calificaciones obtenidas en cada una de las materias de los diferentes cursos que consten en la Certificación Académica Personal, previa transformación de la calificación literal en numérica, según el baremo siguiente:

— Suficiente: 5,5.
— Bien: 6,5.
— Notable: 7,5.
— Sobresaliente: 9.
— Sobresaliente M.H.: 10.

3.4. En el supuesto de que el número de solicitantes sea superior al de plazas vacantes para quienes acceden por las reservas 1.1.d), el criterio de prioridad en la adjudicación de las plazas vacantes será la duración de la experiencia laboral acreditada.

3.5. Si después de haber aplicado los criterios de prioridad hubiese un empate, se efectuará un sorteo público mediante la extracción consecutiva de dos letras, que decidirán el orden alfabético de apellidos de admisión hasta agotar el número de plazas disponibles