Condiciones de acceso
Acceso con requisitos académicos.Conforme al artículo 14.2 del Real Decreto 596/2007, de 4 2. de mayo, para acceder al grado superior de las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño será necesario estar en posesión del título de Bachiller, o título declarado equivalente.
2.1. Podrán acceder, además, a estas enseñanzas, quienes cumplan alguno de los siguientes requisitos:
a. Estar en posesión del título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño.
b. Estar en posesión del título de Graduado en Artes Aplicadas y Oficios Artísticos correspondiente al plan de estudios de 1963 o del plan experimental.
c. Estar en posesión del título de Técnico Especialista o de Técnico Superior de las enseñanzas de Formación Profesional.
d. Haber superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores.
e. Estar en posesión de una titulación universitaria o equivalente.
Asimismo, para acceder al grado medio y al grado superior 3. de las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño, además de los requisitos académicos recogidos en los apartados anteriores, se deberá superar una prueba específica que permita demostrar las aptitudes y los conocimientos artísticos necesarios para cursar con aprovechamiento las enseñanzas de que se trate.
Acceso sin requisitos académicos. Conforme al artículo 16.2 del Real Decreto 596/2007, de 2. de mayo, podrán acceder al grado superior de las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y diseño quienes, careciendo de los requisitos académicos de acceso, acrediten, mediante la superación de una prueba de acceso, que poseen la madurez en relación con los objetivos del Bachillerato, además de las aptitudes necesarias a las que se refiere el precepto 2.3 de esta Resolución y tengan, como mínimo, diecinueve años cumplidos en el año de realización de la prueba, o dieciocho años si se acredita estar en posesión de un título de Técnico relacionado con aquel al que se desea acceder.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 16.3 del Real 3. Decreto 596/2007, de 4 de mayo, las pruebas de acceso a que hacen referencia los apartados anteriores, constarán de dos partes:
a. Parte general que, para el acceso al grado medio, versará sobre las capacidades básicas de la Educación Secundaria Obligatoria y, para el acceso al grado superior, versará sobre los conocimientos y capacidades básicas de las materias comunes del Bachillerato.
b. Parte específica que permitirá valorar las aptitudes y los conocimientos artísticos necesarios para cursar con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes.
Estarán exentos de realizar la parte específica de la 4. prueba de acceso quienes acrediten tener experiencia laboral, de al menos un año, relacionada directamente con las competencias profesionales del ciclo formativo de grado medio o superior al que se quiere acceder, debiendo aportar la siguiente documentación:
* Certificación de la empresa donde haya adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el período de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.
En el caso de trabajadores por cuenta propia, certificación de alta en el censo de obligados tributarios.
Estarán exentos de la parte general de la prueba quienes hayan superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
Norma reguladora
Resolución de 14 de marzo de 2008, de la Dirección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales, sobre el acceso y admisión de alumnos a los ciclos formativos de grado medio y de grado superior de las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño para el curso 2008·2009.